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En primer lugar cabe decir que ambos signos distintivos reunen los mismos derechos, como son el derecho en exclusiva de uso, derecho de prohibir a terceros el uso no autorizado y la cobertura de protección territorial para España.

 

 

Sin embargo cada uno tiene sus propias características:

 

 

 

 

 

MARCA

 

 

Es el signo distintivo que identifica un producto o servicio diferenciándolos en el mercado de otros idénticos o similares. Puede ser denominativa, gráfica, mixta o tridimensional si consiste respectivamente en una denominación, un gráfico, la conjunción de éstos o en una forma tridimensional como puede ser el envase o la presentación del producto.

 

 

 



NOMBRE COMERCIAL

 

 

 

Es el signo distintivo de una empresa. Designa la actividad empresarial, diferenciándola en el mercado de otras actividades idénticas o similares. Puede ser denominativo si consiste sólo en el nombre o mixto si como en el caso de la marca mixta el nombre va acompañado de un gráfico.

 

 

 

 

 

Diferencias entre marca y nombre comercial

 

La principal diferencia podemos encontrarla que el caso de la marca, se destina principalmente para identificar productos o servicios en el mercado, mientras que el nombre comercial sirve para identificar y diferenciar a una empresa respecto de otras.

 

 

El nombre comercial se transmite junto con la empresa, a diferencia de la marca se puede otorgar licencias de uso sobre ella, o venderla sin la obligación de transmitir la empresa.

 

 

 

 

En el ámbito comunitario, la figura de Nombre Comercial no existe, quedando únicamente como signo distintivo a registrar la Marca.

Normativa aplicable para el registro de marcas

La normativa que regula el derecho sobre las marcas en España se encuentra en la Ley 17/2001 de Marcas la normativa europea desarrollada en el  Reglamento de la Marca de la Unión Europea.

 

La obtención del derecho de propiedad mediante el registro de marca es territorial, es decir; solo confiere para el país para el cual se ha registrado, excluyendo de la protección el resto. Para alcanzar la protección de marca sobre un determinado país se debe registrar la marca para 

TIPOS DE REGISTRO DE MARCAS

Las marcas según su representación podrán ser registradas de los siguientes tipos:

Registro de marca Denominativa


Esta formada exclusivamente por palabras, letras o números, excluyendo cualquier elemento gráfico o colores

 


Registro de marca Figurativa



Se considera al signo compuesto por palabras, letras o números, más algún elemento gráfico o colores, solamente formado por elementos gráficos, como por ejemplo un logotipo.

 

 

 

 


Registro de marcaTridimensional

 


Las marcas que tienen una forma trimensional, por ejemplo: una botella



Registro de marca de Posición

 


Se entiende por la forma determinada en que la marca se coloca sobre el producto en cuestión.

 



Registro de marca Patrón

 


Los signos distintivos exclusivamente constituidos por elementos que se repiten constantemente

 



Registro de marca Sonora
 


Son las marca constituidas por un elemento sonoro, por ejemplo el tono de un teléfono móvil

 



Registro de marca Holograma

 


Son las marcas compuesta por una representación holográfica

 



Registro de marca de Color

 


Son las marcas compuestas por uno o varios colores pero sin ninguna delimitación de su contorno

 



Registro de marca de Movimiento

 

 


Se definen las marcas que se representan por un archivo, video, que se compongan en distintas secuencias que pueden ser numeradas que dan lugar a una serie de sucesiones.

 


Registro de marca Multimedia

 


Son las marcas que estan formadas por imágenes y sonido

Derechos y obligaciones una vez concedido el registro de marca

La tramitación de registro de marca en España

Resulta imprescindible que antes de presentar la solicitud de registro de marca, averiguar si la marca se encuentra ya registrada para los servicios o productos idénticos o similares a los que tienes intención aplicarla. 

 

No todos los nombres pueden ser objeto de registro, existen unos límites que la ley determina y que conviene tenerlos en cuenta antes de registrar la marca.

 

Si quieres saber más sobre como realizar una correcta investigación para registrar una marca puedes consultar la siguiente entrada de nuestro blog.

Otras consideraciones sobre  el registro de marca

Deber de uso de la marca registrada

La finalidad principal de una marca es incorporarla de una forma real y práctica en el mercado, esta condición se convierte en una exigencia y que puede derivar en la nulidad o caducidad de una marca registrada si no se puede acreditar a petición de un tercero su uso real en los 5 años posterior a su concesión.

Inmunidad registral

La marca registrada semejante o idéntica con una marca registrada anterior que pueda crear riesgo de confusión no será inmune a una acción por infracción de marca, como tambien podrá ser objeto de nulidad por el titular de la marca prioritaria.

Creando estrategias 

de marcas 

Creación de la marca

No resulta fácil a priori la creación de una marca que será la que identifique el producto o servicio que posicionará en el mercado. Pero una vez decidido el nombre de la marca deberás asegurarse que no se encuentra registrada y que tampoco se encuentra entre las prohibiciones que establece la Ley de marcas.

Protección registral

Una vez conseguida la concesión de la marca se debe estar pendiente de posibles marcas que puedan solicitarse que puedan crearte un conflicto por parecido. La OEPM no examina las marcas posteriores y por lo tanto no las suspende ante la existencia de una marca anterior registrada. Por tanto la vigilancia de la marca resulta la forma más ventajosa para una óptima protección registral.

Ante el conocimiento de la existencia en el mercado de una marca idéntica o parecida a la tuya registrada y que produce una situación de confusión o asociación o que la puede provocar en un futuro, es recomendable ejercer las oportunas aciones legales para cesar esa situación y teniendo en cuenta que transcurridos 5 años permitiendo tal convivencia se produción la prescripción en la acción.

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Registro de marcas

Procedimiento de registro de marcas en España

¿Por qué solicitar el registro de marca?

La obtención del derecho de propiedad mediante el registro de marca es territorial, es decir; solo confiere para el país para el cual se ha registrado, excluyendo de la protección el resto. Para alcanzar la protección de marca sobre un determinado país se debe registrar la marca para el cual tendrá uso. Tambien existe el registro de marca comunitaria o de la Unión Europea que en una única solicitud registra la marca para sus 27 países que la conforman,

¿Qué se entiende por marca?

Conviene antes de nada centrarnos sobre que se entiende por una marca registrada.

La marca es el signo que sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una persona física o jurídica y diferenciarlos de sus competidores.


 

Una marca tambien puede servir para distinguir en el mercado servicios o productos de los miembros de una asociación de fabricantes, comerciantes o prestadores de servicios, este tipo de marcas se denominan Marcas Colectivas y la titularidad de la misma la asociación solicitante del registro. Tambien podemos encontramos con la denominadas marcas de garantía que sirven para garantizar o certificar que los productos o servicios para los que se aplica cumplen con unas determinadas características  de calidad, origen geográfico, modo de elaboración o condiciones técnicas, etc. que son contenidas en un Reglamento de uso

Cada vez resulta más frecuente antes de iniciar un proyecto empresarial sea más grande o pequeño registrar la marca de empresa, o la marca del producto que se vaya a comercializar

Beneficios que obtiene con el registro de marca

Con el registro de marca se obtiene principalmente 3 beneficios a priori:

-Proteger el nombre de la empresa o del producto mediante el registro de marca para que todo el fondo de comercio, la inversión y gasto en el marketing, dominios.. posicionamiento en el mercado que giran en torno a la marca no sea esteril al poderse dar la situación que un tercero con registro de marca anterior le prohíba su uso.

 


-Debido al ingente número de marcas registradas y otras que de utiliza sin registro, favorece que cada vez sea más habitual la aparición de conflictos entre marcas registradas parecidas y en otras ocasiones encontrarse que la marca que ha venido utilizando sin tenerla registrada se ha adelantado un tercero consiguiendo beneficiarse de la reputación y del esfuerzo por quien no registro la marca.

 


-Podrá otorgar licencias de uso de marca a terceros o constituir franquicias

Ámbito de protección de otorga el registro de marca

1.- Investigación para averiguar la viabilidad para registrar una marca

2.- ¿Que necesitas para registrar una marca?

Para solicitar el registro de una marca se puede hacer incluyendo un logotipo que se debe aportar en formato JPG, que debe coincidir en el modo y forma que en la práctica se utilice. Tener claro los servicios o productos para los cuales se va a idéntificar la marca. Esto debe valorarse con perspectiva de futuro pues una vez presentada la marca no se podrá modificar ni ampliarlos.

 

 

 

Los datos completos del solicitante que será el propietario de la marca. Para el caso de tramitarla a través de un representante se deberá firmar una autorización.

Una vez decidido el nombre para el registro de marca y en su caso el logotipo por el que va a dar a conocer sus productos o servicios y comprobando que la investigación no ha arrojado parecidos relevantes o identidades, se solicitará el registro ante la OEPM que es el Organismo oficial en España que regula y concede los derechos de propiedad industrial.

 

Existen dos formas de presentar una solicitud de registro de marca, presencial y telemática.

Con el registro online se obtiene una mayor inmediatez en conseguir la fecha hora y minuto de presentación que en algunos casos puede ser primordial para evitar que se puedan adelantar en el registro de marca.

 

 

Tambien con esta forma de solicitud la tasa a abonar por solicitud de registro se verá reducida en un 15%.



La complejidad o donde deberás tener especial atención es la correcta clasificación de los productos o servicios y la conveniencia de registrar como marca o nombre comercial.

Una vez presentada la solicitud de registro marca cuando por orden corresponda se publicara en el BOPI, Boletín Oficial de la Propiedad Industrial representando la forma del registro, y los datos del titular, su dirección y para que productos o servicios se solicita.



La función del BOPI es dar publicidad del nuevo registro de marca para que cualquier interesado que pueda sentirse perjudicado por la nueva solicitud de marca pueda ejercer su derecho de oponerse, para ello dispondrá de un plazo de 2 meses a contar desde su publicación.



Por último el expediente de registro de marca o nombre comercial solicitado será examinado por la OEPM y en caso de no haber tenido oposiciones de terceros como tampoco incurra en alguna de las prohibiciones absolutas de registro que se encuentran en el art. 5 de la Ley de marcas, la marca o nombre comercial será registrado obteniendo un Título de propiedad que otorga un derecho de uso en exclusiva por un periodo de 10 años y renovable por iguales periodos de forma indefinida.

3.- El trámite de registro una marca

Como hemos visto, averiguar la existencia de una marca registrada en España, no es una tarea que se deba realizar a la ligera, requiere realizar una correcta investigación del nombre de la marca a consultar pues de ello dependerá la resolución final de la solicitud de registro de marca presentada.


Si tienes dudas para realizar una investigación para averiguar si existe una marca registrada en España PARECIDA O IDÉNTICA respecto a la pretendas registrar pueden contactar con nosotros, utilizamos un software específico que filtra y detecta los parecidos fonéticos.


También podemos averiguar la existencia de registros sobre elementos gráficos, con ello conocerá si el logotipo a registrar ya se encuentra registrado.

Diferencias entre marca y nombre comercial

Representantes autorizados

ante los Organismos oficiales