COMO CONTESTAR UN SUSPENSO DE MARCA EN ESPAÑA
- a) Que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos.
- b) Que, por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.
- a) Las marcas registradas cuya solicitud de registro tenga una fecha de presentación o de prioridad anterior a la de la solicitud objeto de examen, y que pertenezcan a las siguientes categorías: i) marcas españolas; ii) marcas que hayan sido objeto de un registro internacional que surta efectos en España; iii) marcas comunitarias.
- b) Las marcas comunitarias registradas que, con arreglo a su Reglamento, reivindiquen válidamente la antigüedad de una de las marcas mencionadas en los puntos i) y ii) de la letra a), aun cuando esta última marca haya sido objeto de renuncia o se haya extinguido.
- c) Las solicitudes de marca a las que hacen referencia las letras a) y b), a condición de que sean finalmente registradas.
- d) Las marcas no registradas que en la fecha de presentación o prioridad de la solicitud de la marca en examen sean «notoriamente conocidas» en España en el sentido del artículo 6 bis del Convenio de París.
-
Las marcas registradas, cuya solicitud de registro tenga una fecha de presentación anterior a la solicitud de la nueva marca.
- Marcas comunitarias registradas
- Marcas solicitadas previamente, siempre que finalmente sean concedidas.
- Marcas no registradas que a la fecha de la solicitud de aquella sean notoriamente conocidas en España y que a priori no precisan la inscripción registral para hacer valer sus derechos.
T. 958 261 494
E- info@marplan.es
C/ Buensuceso, 1 – 3ºB 18002 GRANADA
Si tiene interés en ampliar información sobre este tema puede contactar con nosotros estaremos encantando de poder ayudarle.
Marplan Abogados es un despacho de abogados especialista en derecho de marcas, Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual.
Si precisas asesoramiento legal puedes contratar una consulta de forma telemática por videollamada, con independencia de la ciudad o país en que te encuentres, para más información Reservar una consulta.
También puedes contratar nuestros servicios como abogados especializados en propiedad industrial, intelectual y nuevas tecnologías para asesorarte o defenderte ante un procedimiento judicial o reclamación extrajudicial por conflictos con una marca, patente, diseño, derecho de autor, propiedad intelectual o nuevas tecnologías (derecho digital)