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CONTRATO LICENCIA USO DE UNA MARCA REGISTRADA

El Contrato de Licencia uso de una Marca Registrada.

Características del Contrato de Licencia de Uso de una Marca Registrada:
Bilateral, Oneroso o Gratuito, Aleatorio o Conmutativo, de Ejecución Inmediata, Escalonada o tracto sucesivo, Nominativo, atípico, Principal o Accesorio y Formal o Consensual.

Diferencia entre Cesión y Licencia

Nos referimos a «cesión» cuando se transfiere la titularidad de un derecho propiedad industrial., en este caso sobre una marca registrada. Mientras que la Licencia cuando se transfiere o se autoriza bajo una serie de condiciones el uso de una marca registrada.


Elementos que encontramos en el Contrato de Licencia de Uso de una marca registrada:

– Oneroso o Gratuito
– Formal
-Formula escrita
– Consensual

¿Cuál es la diferencia entre una marca y el nombre de una sociedad?
La marca es para proteger productos o servicios y el nombre de una sociedad es para efectos del Contrato Social, o dar una forma fiscal determinada. La marca se solicita en la Oficina Española de Patentes y Marcas y la denominación o razón social se solicita en el Registro Mercantil Central de Madrid, para una constituida se inscribirá en Registro que corresponda en su provincia, los archivos entre ambos registros (OEPM y Registro Mercantil) no cruzan información, por lo que no resulta inusual encontrar que una marca se ha registrado con posterioridad a la constitución de una sociedad con IDÉNTICO NOMBRE e incluso también para identificar mismos servicios o actividad.

Sobre como se resuelven estas situaciones será objeto de una nueva entrada a este blog.

¿Quién puede solicitar la inscripción del Contrato de Licencia de uso de una marca registrada ante la OEPM?
El Licenciatario y el Licenciante, indistintamente.

Si precisa para su inscripción del contrato de licencia de explotación, cesión o franquicia de marca, o precisa asesoramiento sobre como licenciar o ceder su marca? o si, esta pensando en hacer crecer su negocio bajo el sistema de franquicias y necesita redactar el contrato.

Contacte con nosotros le asesoraremos debidamente de todos los aspectos fundamentales, con la garantía de un abogado especializado en propiedad industrial.

T. 958 261 494

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C/ Buensuceso, 1 – 3ºB 18002 GRANADA

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