ABOGADO DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN ESPAÑA
Derecho de Propiedad Intelectual sobre un Diseño
La importancia del diseño en el mundo empresarial cada vez es mayor, resultando un arma comercial eficaz para diferenciarse de competidores y proyectar una imagen singular, única y reconocible.
En el ámbito de la propiedad intelectual se define un diseño como una creación pictórica. En propiedad intelectual las obras basadas en la creación de un diseño se consideran obras -acabadas-, únicas cuyo fin no es llevarla a un proceso de industrialización. En cambio, los diseños de propiedad industrial, los denominados “diseños industriales” o Modelo industrial”, están concebidos para un uso esencialmente industrial.
Cada uno de estas modalidades tiene su propia normativa, para el caso de obtener el derecho de propiedad intelectual sobre un diseño, sería aplicable el Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual que determina sobre las creaciones artísticas:
“son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible…”.
El autor de una obra pictórica como sería la creación de un diseño, obtendría por el mero hecho de serlo, dos tipos de derechos:
- Morales: el reconocimiento de la autoría en el diseño como artista o creativo original.
- Patrimoniales: los beneficios económicos derivados del uso del diseño que pueden ser objeto de cesión o licencias de explotación
Resulta habitual que el diseño que vaya a servir para ornamental determinados objetos, sirva de ilustración en una obra literaria o cualquier otro supuesto como pasar a ser la imagen corporativa de una empresa, se realizan bajo encargo a un creativo.
Pues bien, esta relación comercial o encargo debe establecerse adecuadamente en un contrato para delimitar claramente los límites del derecho del creador y los derechos de la persona que encarga y pago el diseño.
Cómo registrar la propiedad intelectual
El derecho de propiedad intelectual es territorial, para el caso de España el derecho de propiedad intelectual se adquiere mediante la inscripción de la obra a proteger ante el Registro General de la Propiedad Intelectual.
Se precisa a modo general:
- Cumplimentar los impresos oficiales
- Ejemplar de la obra, que según sea su naturaleza deberá presentarse en soporte papel o digital
- Documentación acreditativa de la titularidad que puede ser como autor donde también puede recaer en el mismo la propiedad, o ser una sociedad la titular propietaria y los trabajadores los autores creadores, conforme establece la Ley de protección intelectual.
- Justificante del abono de una tasa
Asesoramiento por Abogado de Propiedad Intelectual
Con la constante aparición de las nuevas tecnologías el derecho de propiedad intelectual ha intentado ofrecer respuestas para una protección óptima de las creaciones artísticas o pictóricas a través de la normativa y de la jurisprudencia de los tribunales de justicia. Es por esto que la figura del abogado de propiedad intelectual especializado adquiere especial relevancia a la hora de abordar tanto una correcta protección de un diseño como la defensa del mismo para el caso de haber sido vulnerado su derecho, como es a través del plagio.
Desde Marplan Abogados ofrecemos consultoría y asesoramiento específico en materia de propiedad intelectual, así como la defensa judicial en tribunales por reclamación de vulneración de derechos por uso no autorizado de una creación amparada en derechos de autor, plagio, actos de competencia desleal, entre otras situaciones que suelen aparecer que generan conflictos legales.
Si necesita realizar alguna consulta sobre esta materia puede contar con nosotros para ayudarle a solucionar cualquier conflicto legal que plantee.
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Marplan Abogados es un despacho de abogados especialista en derecho de marcas, Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual.
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