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¿En que juzgado se debe presentar una demanda por infracción de derechos de marca?
En este post vamos tratar el competencia judicial en materia de infracción de propiedad industrial, es decir; ante que juzgado debe interponerse una demanda que se interponga para proteger los derechos de marcas, diseño industrial y patente que hayan sido vulnerados por el uso de las mismas de forma no autorizada por un tercero infractor.
COMPETENCIA JUDICIAL EN MATERIA DE CONFLICTOS ENTRE MARCAS
La competencia territorial corresponde al Juzgado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1.13 de la LEC que reza:
“En materia de patentes y marcas, será competente el tribunal que señale la legislación especial en la materia”.
Por remisión expresa de lo dispuesto en la Disposición adicional primera de la LM, es de aplicación lo dispuesto en la Ley 11/86, de Patentes (en adelante, LP) en todo aquellos que no sea incompatible con la propia naturaleza de las marcas.
En concreto el artículo 125 de la LP establece:
“Será competente el juez de Primera Instancia de la ciudad sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondientes al domicilio del demandado”.
No obstante, debe tenerse en cuenta la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal, y más concretamente el artículo 2.7 de la Ley Orgánica 8/2003 de 9 de julio para la Reforma Concursal por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, añadiéndose un nuevo artículo 86 ter, cuyo contenido, en concreto su punto 2a) dispone:
“Los juzgados de lo mercantil conocerán, asimismo, de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil, respecto de:
- a) Las demandadas en las que se ejerciten acciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial (…).”
Por ello y estando vigente el artículo 125.2 de la LP, de aplicación al presente supuesto por remisión de la disposición adicional primera de la Ley de Marcas, el Juzgado territorialmente competente será el juez de lo mercantil de la ciudad sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondientes al domicilio de la demandada.
En este sentido a modo de ejemplo práctico, en el caso que se pretenda ejercer una acción judicial en forma de demanda por infracción de derecho de una marca contra una persona o sociedad con domicilio en Andalucía el tribunal competente es el juzgado de lo mercantil de Granada.
T. 958 261 494
E- info@marplan.es
C/ Buensuceso, 1 – 3ºB 18002 GRANADA
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Marplan Abogados es un despacho de abogados especialista en derecho de marcas, Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual.
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